martes, octubre 22, 2024

El Gobierno desregula el transporte de pasajeros y busca ampliar actores al servicio

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El Gobierno Nacional publicó este lunes en el Boletín Oficial el decreto de desregulación de los servicios de Transporte Automotor de Pasajeros tanto de media como de larga distancia.

El Decreto 883/2024 estipula una nueva serie de medidas que tienen como objetivo el “acceso libre a aeropuertos y puertos, registro nacional centralizado, empresas extranjeras habilitadas, libertad de precios y horarios, registro obligatorio y transparente, unificación de registros y simplificación provincial y local”.

La intención del Gobierno es regularizar a partir de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía todos los servicios de larga y media distancia de jurisdicción nacional.

En ese aspecto, se crea el Registro Nacional del Transporte Interjurisdiccional de Pasajeros por Automotor, como en el objetivo de incorporar, digitalmente, a transportistas y prestadores de servicio, en una lista única.

La principal desregulación viene por el lado del artículo 3°, ya que habilitará a cualquier persona humana o jurídica a inscribirse, inclusive si se trata de empresas extranjeras.

Las mismas empresas, según el artículo 10°, podrán “celebrar acuerdos para el uso indistinto del parque móvil y del personal a su cargo, debiendo informar dichos acuerdos ante la autoridad de aplicación”, lo que prevé que las firmas podrán compartir colectivos para brindar diferentes servicios, algo que de hecho ocurre actualmente.

En las aristas propositivas del Decreto, se encuentra el artículo 13° sobre “Información de Servicios”, que busca entregar a los usuarios mayor claridad con respecto a los recorridos, horarios, y prestaciones del servicio contratado.

“Los transportistas y empresas de transporte automotor de pasajeros no podrán ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro o que, estando informados, no se ajusten a las condiciones”, sostiene el Decreto.

Y ya en los aspectos más “liberales”, las empresas “podrán establecer libremente los recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios que presten. A tal fin, podrán utilizar todo vehículo que cumpla con los estándares en materia de seguridad establecidos por la Autoridad de Aplicación”. A la par, y no menos importante, quedarán habilitados para fijar las tarifas que ellos crean correspondientes.

En líneas generales, esta normativa, impulsada por el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía, Luis Caputo, brinda de mayor posición a la hora de las empresas establecer parámetros de definición de recorridos y horarios, de modo que podrán dejar de comercializar servicios que no le son rentables.

SR

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