A partir de la última resolución emitida por el Ministerio de Economía de la Nación, los servicios públicos domiciliarios ya no podrán incluir cargos y tasas municipales en el valor final de la boleta.
El ministro Luis Caputo anunció esta medida, publicada en el Boletín Oficial de este miércoles en la Resolución 2024-267 de la Secretaría de Industria y Comercio.
La misma establece que los consumidores solo verán reflejados en las facturas el importe a pagar por el servicio contratado y prestado.
“La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”, reza el artículo primero de la resolución.
Algunas localidades cobran, a través de las comunas y municipalidades, tasas destinadas al mantenimiento del servicio de alumbrado eléctrico o sanitario, u otras destinadas a obras menores de infraestructura local.
Las empresas tendrán 30 días de adecuación a partir de este miércoles, por lo que esto podría impactar en los usuarios a partir del mes de noviembre.
En principio, los servicios alcanzados por esta medida son los servicios públicos domiciliarios: gas, agua, energía, telefonía, televisión e internet.